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ÓRGANOS DIRECCIÓN/GOBIERNO

Las entidades e instituciones señaladas en el artículo 5 de a  la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberán hacer pública la siguiente información relativa a sus altos cargos:

a) Su identificación.

b) Su perfil y trayectoria profesional, indicando expresamente los períodos de desempeño de puestos de alto cargo. El perfil contemplará los títulos académicos superados por los altos cargos.

c) Las funciones que tengan atribuidas.

d) La indicación de su pertenencia o participación institucional en consejos de administración de entidades públicas o en aquellos otros órganos colegiados de carácter administrativo o social de los que tenga la condición de miembro.

e) Las retribuciones de cualquier índole que perciban anualmente.

f) El importe de los gastos de representación autorizados al inicio de cada ejercicio y de los efectivamente realizados en el mismo.

g) Las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del cese en el cargo.

h) La documentación en materia de actividades, bienes e intereses que se contemple en la legislación regional sobre altos cargos, y sin perjuicio de la labor de vigilancia y control que al respecto corresponda a la Unidad de Conflictos de Intereses en la Administración regional.

i) Las agendas institucionales que tengan en el ejercicio de sus funciones, que se mantendrán públicas al menos durante un año.

Los diferentes órganos de dirección y gobieno son:

 

A continuación, y a partir del Reglamento de Régimen Interior del IMIB Pascual Parrilla, se describe la composición, funciones y operativa de cada uno de los órganos de gobierno y dirección del IMIB.

 

Periodicidad: Actualización continua con cada cambio estructural
Última Actualización: 19/12/2023

 

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